Las nuevas medidas incluyen adaptaciones en el vehículo y una anotación especial en la licencia, según el grado de pérdida auditiva.
La licencia de conducción en Colombia mantiene los requisitos establecidos por la Ley 769 de 2002, pero ahora incorpora nuevas condiciones para las personas con discapacidad auditiva que deseen obtener o renovar este documento.
El Ministerio de Transporte precisó que los ciudadanos con pérdida auditiva deberán cumplir exigencias técnicas dependiendo del nivel de afectación, con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y garantizar una atención más incluyente durante los trámites.
La normativa establece que quienes presenten una pérdida auditiva leve, entre 26 y 40 decibeles, no tendrán que realizar modificaciones especiales en su vehículo.

Sin embargo, las personas con pérdida auditiva moderada, moderadamente severa, grave o profunda sí deberán instalar un espejo retrovisor panorámico interior, dos espejos laterales convexos y portar de forma visible el símbolo internacional de sordera.
Además, la licencia de conducción incluirá una anotación en la casilla de restricciones, indicando que el conductor cumple con las condiciones técnicas exigidas para movilizarse de manera segura.
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Estas medidas hacen parte de las disposiciones emitidas por el Ministerio de Transporte para promover la inclusión de las personas con discapacidad auditiva y, al mismo tiempo, reducir riesgos para todos los actores viales.