Los motivos para desheredar legítimamente a un hijo en Colombia
La ley colombiana especifica cuatro causales por las cuales una persona puede eliminar a sus hijos de su testamento.
Conforme pasan los años, las personas cada vez se preocupan más por resolver todo lo relacionado con la repartición de bienes, por lo que son los hijos los primeros en la fila al momento de ser tenidos en cuenta para este trámite.
No obstante, en Colombia se encuentran tipificados varios motivos que se pueden presentar para darle reversa a la herencia para los descendientes.
En el Código Civil Colombiano, más específicamente en el artículo 1266, se encuentran establecidos las causas o detonantes por los cuales un padre o una madre en el país puede dejar por fuera de su testamento a alguno de sus herederos:
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1. Por haber cometido injuria grave, ya sea en contra de la persona del testador, de sus bienes, de su cónyuge, de sus hijos o padres. En esta causal se deshereda por haber imputado cosas deshonrosas tanto al testador como a sus descendientes o ascendientes y cónyuge.
2. Por no haberle socorrido en el estado de demencia o destitución, pudiendo. En este causal se castiga por la omisión de socorrer al testador, teniendo los medios para hacerlo.
3. Por haberse valido de fuerza o dolo para impedirle testar; en esta causal se le impide al testador que realice su testamento o se le coacciona para que en el testamento se plasmen disposiciones contrarias a su voluntad.
4. Por haberse casado sin el consentimiento de una ascendiente, o sin el de la justicia en subsidio, estando obligado a obtenerlo. Esta causal se da cuando se casan menores de edad, no es causal de nulidad del matrimonio, pero sí es causal de desheredamiento.
“La falta de contacto entre progenitor e hijo no es una causal para desheredar, a menos que esa falta de relación se derive de una conducta que sea una causal, como lo son la injuria o falta de socorro“, mencionó Experto, abogado de familia.
Cómo validar la desherencia
Se puede validar la causal de tres maneras diferentes:
1. Se debe establecer en el testamento.
2. Se debe haber probado judicialmente en vida del testador.
3. Después de la muerte del testador, se deberá probar por las personas interesadas la causal de desheredamiento que se pretende alegar.
Qué hacer para reversar la desherencia
En caso de que el hijo o hija no esté de acuerdo con el retiro de su herencia, estos pueden ejercer su derecho a la defensa frente al proceso que adelante su progenitor, pues a pesar de ser voluntad del testador, tiene que haber pruebas judiciales para que sea válida su intención.
“Por eso, el momento oportuno es dentro del proceso judicial que pretenda probar la causal, por ejemplo, si existe un proceso penal por el delito de injuria, el denunciado deberá ejercer una defensa con las pruebas que invaliden la acción penal“, agrega el experto.
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