La entidad aclaró por qué los cepillos de dientes comunes dejan de ser considerados dispositivos médicos y cuáles sí mantienen esa categoría.
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) anunció que los cepillos de dientes manuales y eléctricos de uso común ya no requieren registro sanitario para su comercialización en Colombia, al no ser considerados dispositivos médicos.
La decisión se tomó con base en un concepto emitido por la Sala Especializada de Dispositivos Médicos y Reactivos de Diagnóstico In Vitro, tras revisar criterios internacionales y la definición técnica de dispositivo médico.
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Según explicó la entidad, los cepillos dentales utilizados para la limpieza de dientes, encías y lengua, cuya función es remover restos de comida y placa bacteriana para prevenir caries y enfermedades gingivales, no cumplen con la clasificación de dispositivo médico, por lo que no requieren permiso sanitario ni requisitos adicionales para su fabricación o importación.

Sin embargo, el Invima fue enfático en aclarar que los cepillos dentales ultrasónicos o con radiofrecuencia sí deben contar con registro sanitario, ya que su funcionamiento puede resultar abrasivo para el esmalte dental y los tejidos blandos, además de estar destinados exclusivamente al uso de profesionales de la salud.
La medida busca simplificar trámites sin afectar la seguridad de los consumidores, manteniendo controles estrictos sobre los productos que sí representan un riesgo sanitario.