Alcaldes deberán definir en qué parques y tiempos se prohibirá consumo y porte de drogas

El protocolo de 28 páginas para autoridades municipales sobre el porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos contará con directrices de tiempo, modo y lugar.

El ministro de Justicia Néstor Osuna presentó este 10 de enero el protocolo para las autoridades municipales frente al porte y consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos en cumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional (C 127).

Recordemos que el alto tribunal ordenó mantener la restricción de consumo de sustancias psicoactivas en parques, advirtiendo que las autoridades locales deberán regular para que se garantice los derechos de los niños y de los consumidores, en cuanto al consumo de la dosis mínima o medicada. Pero también le ordenó al Gobierno Nacional que en un plazo de tres meses expidiera un protocolo para los alcaldes de cada municipio.

Por lo que, en un documento de 28 páginas, Néstor Osuna plantea que cada municipio deberá establecer el tiempo, modo y lugar, de la prohibición para el consumo de dosis mínima en los parques y espacios de interés cultural. Y los horarios en donde los parques son más visitados por adultos o niños.

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Es decir, que sigan unas directrices que rompan la tensión entre la prohibición y los derechos de los consumidores de dosis mínima.

El ministro explicó que cada municipio deberá definir los lugares históricos, o dónde hay deporte, recreación, reunión de niños y jóvenes y teniendo en cuenta dichos datos, en esos lugares se podría restringir el consumo de sustancias. Y que en últimas será una guía para “los alcaldes que tienen esa potestad y el deber de permitir el uso del espacio público para todos”, señaló Osuna.

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