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Cambian las cesantías en Colombia desde 2026: nuevas formas de pago y plazos para trabajadores y empresas

La Ley 2466 de 2025 introduce pagos directos, intereses mensuales y nuevas fechas clave.

La reforma laboral en Colombia traerá cambios importantes en el manejo de las cesantías a partir de 2026. Se trata de la Ley 2466 de 2025, que no elimina este derecho laboral obligatorio, pero sí introduce nuevas alternativas para su pago, administración y plazos, tanto para empleadores como para trabajadores.

Las cesantías continúan siendo una prestación social fundamental. Su objetivo es servir como respaldo económico en casos de desempleo, educación o compra y mejora de vivienda, y equivalen a un salario mensual por cada año trabajado, o proporcional al tiempo laborado.

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La ley mantiene intacto el derecho del trabajador a recibir este beneficio. Sin embargo, modifica la forma en que puede realizarse el pago, brindando mayor flexibilidad en algunos escenarios.

Pago directo de cesantías al trabajador
Uno de los ajustes más relevantes permite que el empleador pague directamente las cesantías al trabajador sin que esto genere sanciones, siempre que se demuestre el pago y se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Este mecanismo no elimina la obligación de afiliación al fondo de cesantías, pero sí exonera al empleador de la sanción que antes aplicaba por no consignar el dinero dentro del plazo legal. El pago directo solo es válido si el trabajador lo acepta de forma voluntaria y destina los recursos a los fines autorizados.

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Consignación anticipada
La reforma también autoriza el aprovisionamiento anticipado y periódico del valor correspondiente a las cesantías, usualmente el 8,33 % del salario mensual. Este esquema no se considera un pago parcial ni afecta la liquidación anual que debe hacerse al fondo.

Intereses de cesantías con pago mensual
Otro cambio importante es la posibilidad de pagar los intereses de cesantías de manera mensual. Aunque se mantiene la tasa anual del 12 %, empleador y trabajador podrán acordar por escrito el pago del equivalente al 1 % mensual sobre el salario base. Esta opción no reduce el beneficio total, pero mejora la liquidez del trabajador durante el año.

Las cesantías causadas en 2025 deberán consignarse en el fondo a más tardar el 16 de febrero de 2026, ya que el plazo habitual del 14 cae en un día no hábil.
Por su parte, los intereses de cesantías deberán pagarse antes del 31 de enero de 2026, ya sea bajo el esquema anual tradicional o mediante el acuerdo mensual.

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