Histórico: Primer perro en ser reconocido como miembro de una familia

“La protección de la familia multiespecie debe primar”

El Tribunal Superior de Bogotá aseguró que, “con la finalidad de proteger la familia multiespecie”, Simona hace parte del núcleo familiar y por ende el juzgado debe tener en cuenta tanto su bienestar como “el de los demás miembros del grupo en que vive”.

El caso empezó después de que un hombre pusiera una demanda contra su expareja después de su separación en 2021 porque no le dejaba ver a Simona, a quien consideraba su “hija perruna”.

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Esperaba que un juzgado de familia pudiera regular las horas de visita como pasa con un hijo cuando se da una separación y también alegaba que la propia perra estaba “afectada emocionalmente” por la separación.

Sin embargo, el juzgado de familia aseguró que no era competente en el caso por tratarse de un animal y que debía ser un juzgado civil quien se encargara.

En esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá trata de dilucidar este conflicto de intereses y establece el “concepto de familia multiespecie”, alegando que “los animales pueden ocupar un lugar como integrantes de familias humanas, situación susceptible de protección como realidad social”.

“Los animales dejaron de ser estrictamente considerada cosa, pero no perdieron su estatus de propiedad dentro del ordenamiento jurídico. Ahora son también identificados como seres sintientes”, estimó este juzgado.

Y por ello, consideró que “la protección de la familia multiespecie debe primar”, por lo que le da al juzgado de familia la competencia para tomar una decisión sobre este caso, ya que el demandante considera a Simona como su “hija”.

Requisitos para la configuración de la familia multiespecie

Según el alto tribunal, el primer requisito “se configura cuando las personas toman decisiones emocionales y financieras que van más allá de satisfacer las necesidades básicas, como lo son los cuidados cosméticos o los suplementos nutricionales.

 Dicho criterio se evidencia cuando i) se les da un nombre -atributo de personalidad-; ii) se tienen en cuenta sus necesidades al realizar actividades que puedan perturbar su cotidiano, por ejemplo, mudanzas, vacaciones, o divorcios; iii) el reconocimiento dentro de roles familiares, por ejemplo, como hijo o hermano”.

El segundo establece que “Una forma en particular permite observar su rol en las estructuras familiares: las disputas entre sus miembros, pues los animales buscan impedir dichos conflictos, pidiendo atención, o hasta buscando provocar emociones positivas con sus acciones”.

En cuanto al caso de Simona, la demanda será resuelta por el Juzgado Tercero de Familia, donde se determinará si se realizarán visitas compartidas o qué medidas adoptarán. 

“Al ser un aspecto que hace parte de la interrelación social, no hay otro juez competente para conocerlo que el de la familia”, se lee en la decisión judicial.

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