Horas extra y recargos nocturnos: así quedarían con la reforma laboral

Actualmente, se tiene establecido que las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, no podrán exceder de dos horas diarias y 12 semanales.

La ponencia de la reforma laboral del gobierno Petro trae consigo varios cambios que contemplan conceptos muy específicos y de alta demanda de atención en el país, dada la preocupación de muchos trabajadores por sus condiciones laborales.

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Estos tienen que ver específicamente con las jornadas laborales, las cuales, según lo explicado en la ponencia de la reforma, tendrán modificaciones horarias; no obstante, otro punto de sumo interés es el de las horas extra y los recargos nocturnos.

Estos dos ámbitos definen la remuneración que se le da a un empleado que trabaja por encima del número de horas establecidas contractualmente, así como la que recibe cuando este tiene que cumplir labores en horas de la noche. Estas quedaron definidas de la siguiente manera:

Horas extra

Según se especifica en la ponencia de la reforma, la regulación de las horas extra no tendrá una modificación, “por lo cual solo puede haber una redistribución
entre horas nocturnas y horas diurnas que da origen al cambio en los costos”.

Esto quiere decir que “en ningún caso, las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos horas diarias y 12 semanales”.

Recargos nocturnos

En el documento de la reforma, se especifica que “tendrá derecho a al pago de recargo nocturno”. No obstante, no esté contemplado un ajuste a este pago, por lo que se mantendrá en un recargo del 35 % sobre el valor ordinario de la hora trabajada, según como se señala en el Código Sustantivo del Trabajo.

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